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Es constitucional la “Ley 3 de 3”: violentadores o deudores alimentarios no podrán ocupar cargos públicos.

Jorge Guzmán Mtz
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NACIONAL.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión hizo la declaratoria constitucional de la llamada “Ley 3 de 3” que suspende los derechos para ocupar cargo de elección popular, trabajo o comisión dentro del servicio público a deudores alimentarios y violentadores.

Este hecho se da después de que las legislaturas locales de los estados de: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México aprobaron para darle aval a esta reforma que modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Alejandro Armenta, presidente de la Comisión Permanente, realizó la declaratoria de constitucionalidad, conforme lo establece el artículo 135 de la Constitución.

Dicha reforma asegura que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspendan por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual, estableciendo que la persona que cometa los ilícitos ya mencionados no podrá ser registrada como candidata para ningún cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en la administración pública.

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Periodista. Director de Región Sur Gto. Gamer y creador de contenido. Fan del terror, del cine y de la televisión.